Redacción Voz de la Diáspora
El Salvador – El Ministerio de Hacienda habilitó en su página web oficial un espacio para verificar si su NIT (Número de Identificación Tributaria) ya fue reemplazado por el número de DUI (Documento Único de Identidad), con el propósito de tener un solo número y ayudar a simplificar trámites oficiales a los ciudadanos salvadoreños.
Con este cambio se prevén grandes beneficios, ya que todos los trámites que los salvadoreños mayores de edad realizaban con el NIT pasan a realizarse únicamente con su DUI; además, representa ahorro de tiempo y dinero al no tener que trasladarse a las oficinas del Ministerio de Hacienda para tramitar dicho documento.
En cuanto a las personas naturales mayores de edad pueden confirmar el remplazo automático que se realizó a su número de NIT con su número de DUI.
También existen algunas excepciones, por ejemplo: las personas naturales menores de edad, extranjeros y personas jurídicas deberán tramitar la representación impresa del NIT en esta Cartera de Estado, la cual continúa siendo de carácter obligatorio, en todos aquellos tramites de emisión, reposición y modificación de dicho documento.
En el portal del Ministerio de Hacienda ha sido publicada la Guía de Orientación General para los trámites de Inscripción, Modificación y Reposición de NIT.
Para obtener la representación gráfica digital de dicho documento se ha habilitado el servicio en línea, además no tendrán que cancelar por la modificación o reposición de la representación gráfica digital del NIT.
Si usted aún no sabe si su NIT ya fue homologado con el DUI puede verificarlo en el siguiente sitio web:
https://portaldgii.mh.gob.sv/ssc/serviciosinclave/consulta/duinit/
Para mayor información consultar al Call Center: 2244-3444, WhatsApp: 7073-8510 o a los correos electrónicos: asistenciadgii@mh.gob.sv y declaracioninternet@mh.gob.sv.
La Asamblea Legislativa aprobó el pasado 9 de noviembre de 2021 una reforma a la Ley del Registro y Control Especial de Contribuyentes al Fisco, con la cual se avaló la homologación de los números del DUI y del NIT como un solo documento.
“Los sujetos o entidades inscritas en el sistema de registro se les asignará un Número de Identificación Tributaria, el cual será un número único y permanente que una vez extendido, en ningún caso podrá modificarse reasignarse a otro sujeto…” reza el artículo 4 de la reforma que aprobaron.
El cambio no aplica para las empresas, pues los diputados explicaron en su momento que para las personas jurídicas se les asignará siempre un NIT, siendo este un número único y permanente que, una vez expedido, no podrá modificarse ni asignarse a otro sujeto.
Asimismo, quedó establecido que los salvadoreños no tendrán que cancelar nada por la modificación o reposición del nuevo NIT e indicaron que los ciudadanos podrán usar su documento de forma digital o física sin ningún tipo de restricción.