Redacción Voz de la Diáspora
El Salvador – En una noticia dada a conocer por LPG, La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador admitió el 12 de agosto de 2024 una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 253 del Código de Familia. El demandante, Leonardo Gallegos, argumenta que este artículo limita los derechos de alimentos, educación y desarrollo de personalidad para los menores de edad beneficiados con cuotas alimenticias. La demanda busca permitir cobros retroactivos de cuotas alimenticias para compensar las ausencias de aportes en el pasado.
La Procuraduría General de la República (PGR) es la institución pública encargada de brindar asistencia a los ciudadanos con las cuotas alimenticias. La Sala de lo Constitucional ha pedido opiniones a la Fiscalía y la Asamblea Legislativa sobre el tema. Gallegos considera necesario ajustar el apartado en el Código de Familia para garantizar que los menores de edad reciban los recursos necesarios para su desarrollo.
La admisión de la demanda ha generado un debate sobre la retroactividad de los cobros y su impacto en los derechos de los menores. Algunos expertos argumentan que permitir cobros retroactivos podría ser una medida justa para asegurar que los menores no se vean perjudicados por la falta de aportes en el pasado. Sin embargo, otros creen que podría generar complicaciones administrativas y legales.
La decisión de la Sala de lo Constitucional abre la puerta a posibles cambios en la legislación sobre cuotas alimenticias en El Salvador. La opinión de la Fiscalía y la Asamblea Legislativa será crucial para determinar el futuro de esta demanda y su impacto en los derechos de los menores de edad.