Redacción Voz de la Diáspora/agencias
El Salvador- La Corte de Cuentas de la República (CCR) informó a los ciudadanos que aspiran a un cargo de elección popular en los comicios salvadoreños de 2027, que a partir del 1 de octubre y hasta el 11 de noviembre del corriente año, está abierto el periodo para solicitar la constancia electoral que deben presentar para inscribirse ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Para ello, en contribución a la consolidación de la democracia en el país y avanzando en la modernización y transparencia de sus procesos, el Presidente Walter Salvador Sosa, en nombre del Organismo de Dirección de la Corte de Cuentas de la República (CCR) dio a conocer la implementación del Sistema de Constancias Electorales, una herramienta tecnológica que permitirá agilizar el proceso de emisión de dicho documento, en un plazo máximo de 8 días, a partir de ingresar la petición y los datos a la plataforma tecnológica.
“Más que un sistema informático, es un mecanismo diseñado para darle trazabilidad, transparencia, seguridad y agilidad a un proceso que tiene una importancia especial para nuestra democracia: la revisión del estado de quienes aspiran a ocupar un cargo de elección popular”, dijo el Presidente, en presencia de los Magistrados Julio Guillermo Bendek y José Rodrigo Flores.
De acuerdo al calendario electoral, el TSE convocará este 30 de septiembre a los ciudadanos y partidos políticos, a participar en las elecciones de Presidente, Vicepresidente, diputados a la Asamblea Legislativa, alcaldes y Concejos Municipales en los comicios del 28 de febrero del próximo año.

Precisamente el Código Electoral establece, entre otros requisitos, que los candidatos deben presentar ante el TSE, la certificación o constancia correspondiente, firmada por el Presidente de la CCR, en la que se determine si existe o no una sentencia ejecutoriada pendiente de pago al momento de realizar la solicitud. “Nuestra responsabilidad es clara: hacer esa revisión con rigor técnico, con independencia y con apego a la ley”, recalcó el Maestro Sosa.
La solicitud podrá ser presentada: directamente por la persona interesada que pretenda su inscripción como candidato o candidata a un cargo de elección popular, por un apoderado, representante o autorizado expresamente facultado para actuar en representación de uno o varios ciudadanos. Asimismo, podrá hacerlo el representante legal de un partido político o coalición, su apoderado o autorizado expresamente facultado, previa acreditación de la calidad en que interviene.
Los solicitantes deberán tener disponible la información requerida en el formulario correspondiente, incluyendo sus datos de identificación y contacto, información relacionada con la candidatura, cargo al que aspira, partido político, coalición o candidatura no partidaria y circunscripción correspondiente, cuando aplique.

Deberá disponer además de su Documento Único de Identidad vigente y legible, por ambos lados, y presentarlo en formato PDF y ampliado al 150 %. Una vez ingresados los datos, el Sistema le genera un número de expediente único que dejará la trazabilidad de cada actuación y servirá al ciudadano para verificar y dar seguimiento al proceso. Aunque tramitar el documento es sumamente sencillo, internamente en la CCR pasa por varias etapas y filtros antes de su emisión.
El proceso involucra a las Cámaras de Primera Instancia, a la Secretaría de la Cámara de Segunda Instancia, a la Coordinación General Jurisdiccional y a la Secretaría Técnica. En cada una de las siete Cámaras de Primera Instancia se realizará la revisión correspondiente, con la participación de los secretarios de actuaciones, los colaboradores jurídicos y de los jueces de cuentas.
Una vez obtenidos los resultados, la Coordinación General Jurisdiccional realizará la revisión correspondiente y, posteriormente, una Comisión designada por el Organismo de Dirección efectuará una verificación adicional antes de que el resultado llegue a la firma del Presidente de la Entidad Fiscalizadora Superior. “Es decir, el mensaje es claro: no estamos hablando de una simple revisión superficial ni tampoco de una decisión de una sola persona.
Estamos hablando que por primera vez en la historia de la Corte de Cuentas de la República, vamos a tener de un proceso institucional, técnico, transparente, razonable y trazable, en el cual van a participar diferentes niveles de revisión, precisamente para garantizar la confiabilidad del resultado”, enfatizó el Presidente Sosa.
El ciudadano puede hacer la solicitud mediante el sistema informático habilitado por la CCR e ingresando a un Código QR, o de manera presencial en la sede central donde habrá personal que ayudará a las personas usuarias, para ingresar los datos en los módulos informáticos institucionales habilitados exclusivamente para ese propósito.