Animales de compañía serán protegidos por ley, se estudian penas de cárcel para los maltratadores

Diputados aprueban Ley de Bienestar Animal

Animales de compañía serán protegidos por ley, se estudian penas de cárcel para los maltratadores

La Ley de Bienestar Animal aprobada este martes por la Asamblea Legislativa, entrará en vigencia sesenta días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial. Foto: Cortesía.
Redacción Voz de la Diáspora

El Salvador – La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó el martes la Ley Especial de Protección y Bienestar Animal que establece un control directo para evitar el abuso, maltrato y actos de crueldad contra los animales de compañía.

La normativa reconoce a los animales como seres sintientes lo que implica que se les asegurará el bienestar, buen cuido, manejo y protección integral contra todo acto de crueldad causado o permitido por las personas.

La regulación retoma muchas de las infracciones de una ley aprobada en 2016 pero fue derogada y la nueva ley agrega sanciones como la zoofilia, que es el contacto sexual de humanos con animales.

Los diputados aumentaron las multas que en la normativa derogada llegaban a $1.460 y ahora alcanzarán los $3.650.

Además, se estudian reformas al Código Penal para castigar con dos a cuatro años de prisión a quienes maltraten animales.

Con la aprobación de la Ley de Bienestar Animal se crea un instituto, con el mismo nombre, que entre otras funciones será el responsable de velar por la protección a los animales de compañía, promover su bienestar, brindarles una adecuada nutrición y auxilio cuando sea requerido. También deberá garantizar que se lleve un control sanitario, evitar el maltrato, la crueldad y el sufrimiento.

La nueva ley establece una serie de obligaciones para los responsables de animales, entre ellas la identificación de la mascota mediante una placa y microchip; la inmunización contra enfermedades de riesgo zoonótico y la protección contra afectaciones propias de su especie. Para ello, se les deberá llevar un registro de vacunación y procurar el control de la reproducción.

Toda persona natural o jurídica que se dedique a la cría, venta, hospedaje, guardería y centros de adiestramiento de animales de compañía estará obligada a contar con los permisos de funcionamiento emitidos por el Instituto de Bienestar Animal (IBA). La ley entrará en vigencia sesenta días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial.