Redacción Voz de la Diáspora
El gobierno panameño anunció modificaciones al programa migratorio conocido como “países amigos” con el objetivo de incentivar el ingreso de inversionistas extranjeros de naciones específicas, en momentos en que buscan reactivar la economía impactada por la pandemia del coronavirus que afecta al mundo.
Con el cambio se agrega a Perú en la lista de los países que puedan acceder al beneficio migratorio en calidad de extranjeros procedentes de naciones que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con Panamá, según un comunicado oficial.
Las modificaciones están “en concordancia con las necesidades actuales del país, para incorporar nuevas modalidades de inversión que promuevan la generación de ingresos económicos…por parte de los solicitantes…contribuyendo al desarrollo económico nacional”, explicaron las autoridades.
De hecho los extranjeros podrán solicitar residencia provisional por dos años por razones laborales, de inversiones en un inmueble, y de depósito a plazo fijo.
“…Se podrá optar por una residencia provisional con una inversión inmobiliaria de $200,000.00 o una cuenta de plazo fijo por igual cantidad”, según una nota oficial.
En tanto si es por razones laborales, entre los requisitos que presentará el extranjero está una carta de trabajo firmada por el representante legal del empleador quien debe asumir los gastos de una repatriación.
Para la aprobación del Permiso de Residencia, el solicitante y su empleador estarán obligados a tramitar ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral el permiso de trabajo que autorice al solicitante trabajar en el territorio nacional”, dijo el gobierno.
En el caso que sea una solicitud por depósito a plazo fijo un banco que opere en territorio nacional debe certificar la existencia del dueño de la cuenta, y el depósito con una vigencia mínima de tres años por un valor no inferior a los $200 mil.
El gobierno aclaró que para optar por la residencia permanente, los solicitantes deben aplicar al programa de inversionista calificado que está regulado por un decreto de 2020 que especifica “que los extranjeros deben invertir en propiedades inmobiliarias por un mínimo de $300,000.00 durante los primeros 24 meses” de permanecer en el país.